Desde nuestro bufete le ayudamos a obtener la Nacionalidad Española de acuerdo a los requisitos del Ministerio de Justicia del Estado Español. Son varias las posibilidades de las que usted dispondrá para ello. Háganos saber su caso y le asistiremos y asesoraremos para que obtenga su nacionalización. Realizaremos por usted todos los trámites necesarios y minimizaremos sus desplazamientos y gestiones para que usted tan sólo se ocupe de venir a nuestro despacho y no tenga que hacer colas.
Usted podrá acceder a la Nacionalidad Española por los siguientes casos:
Nacionalidad por residencia
Esta forma de adquisición de la nacionalidad exige la residencia de la persona en España durante diez años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición.
Esta forma de adquisición de la nacionalidad, tiene carácter graciable y no se sujeta a las normas generales de procedimiento administrativo. Será otorgada o no discrecionalmente por el Gobierno mediante Real Decreto, tras valorar la concurrencia de circunstancias excepcionales.
Son españoles de origen:
Tendrá derecho a la nacionalidad española aquella persona que haya poseído y utilizado esta nacionalidad durante diez años, de forma continuada, de buena fe (sin que tenga conocimiento de la situación real, es decir, de que no es español en realidad), en base a un título inscrito en el Registro Civil.
La opción es un beneficio que nuestra legislación ofrece a extranjeros que se encuentran en determinadas condiciones, para que adquieran la nacionalidad española. Tendrán derecho a adquirir la nacionalidad española por esta vía:
Ante el gran volumen de consultas se aconseja prudencia a los israelíes. “Esto es todavía un anteproyecto de ley que debe considerarse en el Congreso. El Ministerio ha enunciado una serie de criterios, y entre ellos está que el solicitante sea sefardí, pero también que tenga una especial vinculación con España. Es un asunto que no se puede valorar hasta que el parlamento lo apruebe de forma definitiva. En todo caso habrá que esperar a que se publique en el Boletín Oficial del Estado para iniciar cualquier proceso”.
POR ELLO HOY EN DÍA SE SIGUE EL MISMO PROCESO DE SIEMPRE y se recomienda en todo caso solicitar la nacionalidad por carta de naturaleza, la cual está dando buenos
resultados. En cuanto haya una ley nueva definitiva comenzaremos de inmediato con el proceso nuevo, mientras tanto, ruego se pongan en contacto conb nosotros via WEB o correo electrónico para que sean atendidas sus solicitudes con la mayor brevedad posible.